
La Audiencia de Bizkaia ha absuelto a la enfermera de Santurtzi acusada de haber dejado sin vacunar a cerca de 400 menores durante la campaña de inmunización infantil en el centro de salud de Kabiezes. El tribunal considera probado que actuó bajo una alteración psíquica grave, concretamente un trastorno delirante persistente, que le impidió comprender la ilicitud de sus actos. Por ello, se le aplica la eximente completa de responsabilidad penal contemplada en el artículo 20.1 del Código Penal.
La sentencia —fechada el 7 de octubre de 2025— absuelve a la acusada de los delitos continuados de daños y falsedad documental. No obstante, en lugar de una pena de prisión, se le imponen medidas de seguridad. Entre ellas, el sometimiento a tratamiento médico externo bajo control psiquiátrico y la inhabilitación para ejercer en el ámbito sanitario durante dos años por el delito de daños y cinco años por el de falsedad documental.
Indemnizaciones
Además, la enfermera deberá indemnizar a Osakidetza con 20.000 euros por los perjuicios causados al sistema público de salud. Las costas procesales han sido declaradas de oficio y la sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en los próximos diez días hábiles.
Fin del proceso
Este fallo pone fin a un proceso judicial que se inició en 2021, cuando se detectaron anomalías en los registros de vacunación infantil del ambulatorio donde trabajaba la enfermera. Durante la investigación se acreditó que, a pesar de haber registrado como administradas numerosas dosis de vacunas, los menores en realidad no habían sido inmunizados.
El tribunal ha dado validez a los informes forenses que apuntan a una alteración mental grave, la cual habría influido directamente en su conducta y responsabilidad penal. Con esta sentencia se cierra uno de los casos más llamativos de los últimos años en el ámbito sanitario vasco.