
Una vecina de Portugalete se queda, de momento, sin pensión de viudedad, al no acreditar una convivencia estable con su marido, con el que se casó semanas antes de que falleciera. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco considera que no tiene derecho a esta prestación.
El caso se remonta a 2022 cuando la mujer se quedó viuda un mes después de la boda y el Instituto Nacional de la Seguridad Social le asignó una pensión temporal que expiró en 2024. Entonces ella pidió que pasará a ser vitalicia. Sin embargo, la Audiencia de Bizkaia antes y el Alto Tribunal Vasco ahora, se lo ha denegado por entender que no ha quedado acreditado que hubiera una «convivencia estable y notoria» antes de la boda. Incluso estaban empadronados en domicilios diferentes. Por ello argumentan que no aportó pruebas suficientes aunque presentó facturas y testimonios. La mujer, ante esta resolución, puede recurrir aún ante el Tribunal Supremo.