Los propietarios del camping Arenas de Ajo, en Cantabria, han sido condenados por un delito continuado contra la ordenación del territorio tras reconocer los hechos en sede judicial. La resolución, ya firme, fija para cada uno una pena de un año y seis meses de prisión, aunque no ingresarán en la cárcel al carecer de antecedentes penales.
Pena suspendida pero con condiciones claras
La condena queda suspendida durante tres años, siempre que no vuelvan a delinquir. Además, deberán hacer frente a una multa de 3.600 euros, asumir las costas judiciales y, sobre todo, cumplir con una de las medidas clave: la demolición de las construcciones ilegales y la restitución del terreno a su estado original.
Este punto es fundamental, ya que las obras se realizaron en suelo protegido y sin autorización. Ello motivó la actuación judicial tras años de irregularidades.
Un golpe para más de 100 familias
El caso ha tenido un fuerte impacto social, especialmente entre las más de 100 familias afectadas, muchas de ellas procedentes de Bizkaia, que utilizaban estas parcelas como segunda residencia. El cierre de la ampliación ilegal les dejó sin poder disfrutar de sus módulos, generando un importante perjuicio económico y personal.
La vía para reclamar indemnizaciones
La sentencia ha sido valorada como positiva por la asociación de campistas, ya que el reconocimiento de los hechos refuerza su posición. Ahora, se abre la posibilidad de iniciar reclamaciones civiles por daños y perjuicios contra los responsables.
Los afectados, además, advierten de que estarán vigilantes ante el cumplimiento de la resolución. En caso de incumplimiento o reincidencia, la suspensión de la pena podría revocarse y derivar en el ingreso en prisión.
Un caso aún abierto
Aunque esta condena cierra la vía penal principal, el conflicto judicial no está completamente resuelto. Siguen abiertas otras acciones legales que podrían derivar en nuevas responsabilidades.
Mientras tanto, la sentencia marca un punto de inflexión en un caso que ha generado gran polémica y que deja como principal consecuencia la obligación de restaurar la legalidad urbanística y responder ante los afectados.