Euskadi cierra los tres territorios

Escrito por el 11 enero, 2021

Euskadi registró ayer 560 nuevos positivos por coronavirus y una tasa de positividad 5,2%, una décima más que el día anterior. Con estos datos, la Comunidad Autónoma Vasca entra en alerta naranja, tras subir la tasa de incidencia acumulada en 14 días por 100.000 habitantes en Euskadi a 305,40.

Estas son las nuevas medidas de prevención en Euskadi tras la reunión este lunes del Consejo Asesor del LABI:

NUEVAS RESTRICCIONES

1- Se establece la restricción de entrada y salida de personas del Territorio Histórico de residencia.

2-Los aforos en establecimientos comerciales de más de 150m2 se reducen al 40%, en los que cuenten con una superficie de hasta 150m2 el aforo deberá ser del 60%.

En localidades con Tasa de Incidencia igual o superior a 500/100.000 habitantes:

3-Confinamiento perimetral municipal, sin exceptuar el desplazamiento a municipio colindante.

4- Suspensión de la actividad deportiva en grupo.

5- Permitir la reanudación del deporte escolar, únicamente en entrenamientos que, en todo caso, deberán organizarse en grupos de seis personas como máximo sin variar su composición y no pudiéndose hacer uso de vestuarios.

6- Permitir los ensayos de grupos no profesionales de danza, asociándolos a las condiciones que rigen para la actividad teatral.

7- Permitir la reapertura del sector de juego y apuestas, en condiciones de aforo, horarios y medidas preventivas similares a las que se aplican al sector hostelero.

MEDIDAS QUE SE MANTIENEN
1- Cierre perimetral de Euskadi.

2- Limitación de agrupación máxima de 6 personas.

3- Limitación de movilidad nocturna de 22:00 a 06:00h.

4- Horario máximo de cese actividades comerciales y culturales a las 21:00h.

5- Limitación del máximo de aforo en centros de culto en un 35%.

6- Suspensión de ensayos y actuaciones músico-vocales.

7- Horario de cierre de hostelería y restauración entre las 20:00h. y las 06:00h.

8- Cierre de los establecimientos de hostelería y restauración, y de juego y apuestas, que se encuentren en municipios con IA superior a 500/100.000 habitantes en los mismos términos que en el Decreto de 6 de noviembre.


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