¿Qué podremos hacer si termina el estado de alarma?

Escrito por el 30 abril, 2021

El Gobierno ha vuelto a insistir: no habrá prórroga y el estado de alarma terminará el 9 de mayo. Ante ello son muchos los que se preguntan, ¿qué ocurriá a partir de entonces? Pues bien, entre otros, ya no se podrá restringir la movilidad ni habrá toque de queda nocturno.

En principio, como decimos, el toque de queda desaparece ya que se suspenderá el real decreto que establece que no se puede circular por la vía y espacios públicos entre las 23:00 y las 6.00 salvo casos justificados, un horario que las comunidades han podido adaptar. No habrá restricciones en las reuniones, ni en la hostelería, ni en los viajes, por lo que se han disparado las reservas, ya que se eliminará la limitación de entrada y salida en comunidades, ciudades, municipios…, que quedarán abiertas. Por tanto, no habrá cierres perimetrales, aunque los gobiernos autonómicos podrán establecer medidas de entrada o salida. De ahí, que el papel de los tribunales vaya a ser fundamental ya que las Autonomías podrán aprobar restricciones que, eso sí, deberán ser ratificadas por la justicia, algo que no será fácil sin el amparo del estado de alarma.


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