Metro Bilbao ha confirmado este jueves el reglamento que facilitará el acceso de los perros de más ocho kilos al suburbano. Mediante la modificación del artículo 18 de las Condiciones Generales de Contratación, aprobado este jueves, la empresa adopta ahora las restricciones para garantizar un equilibrio en la convivencia entre los perros y la clientela.
La principal limitación afecta al horario: los canes no podrán utilizar el servicio en las horas punta de los días laborables (7:00-10:00, 13:00 a 16:00 y 18:00-20:00) ni tampoco en horario nocturno de viernes y sábados o en circunstancias de aglomeración o movilidad excepcional (partidos en San Mamés, Aste Nagusia y Santo Tomás).
Los canes de más de 8 kilos deberán viajar con bozal y una correa no extensible que no supere los 50 centímetros de longitud. Tampoco podrán ocupar asiento ni viajar en el primer o el último coche de cada tren, al estar reservados éstos para personas de movilidad reducida y sillas de bebé. Además, quienes viajen con perros de grandes dimensiones no podrán imponer su presencia al resto del pasaje que se pueda sentir atemorizado y tendrán que trasladarse a otra zona habilitada en tal caso.
En lo que al acceso a las instalaciones se refiere, los perros de más de 8 kilos no podrán utilizar las escaleras mecánicas ni los pasillos rodantes. Sí podrán hacer uso de los ascensores, pero respetando el orden de prioridad habitual y siempre que no generen molestias al resto de ocupantes. Asimismo, sus responsables deberán extremar la precaución en las zonas de validación y en cualquier área de apertura o cierre de puertas, como la boca de la propia estación o la entrada a los trenes.
La modificación de la normativa interna de Metro Bilbao permitirá a las personas ir acompañadas de un único animal (perro, gato, hurón u otros pequeños animales de compañía), siempre que viaje en las condiciones idóneas y no resulte molesto ni peligroso. En este sentido, se mantiene prohibido el acceso a perros de razas consideradas potencialmente peligrosas por la legislación vigente, así como a cualquier otro animal de carácter exótico (reptiles, arañas, insectos…). Las nuevas condiciones no aplican a los perros de asistencia ni a los de menos de 8 kilos, que seguirán viajando como hasta la fecha.