¿Cuándo se aplica el nuevo SMI?

Escrito por el 23 enero, 2020

A fecha de hoy el salario mínimo interprofesional para un trabajo a jornada completa está fijado en 900 euros mensuales en 14 pagas (12.600 euros anuales) o 30 euros al día. Tras el pacto alcanzado ayer por el Gobierno, las organizaciones empresariales y las patronales y cuando la nueva cuantía se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el SMI en 2020 será de 950 euros mensuales en 14 pagas (13.300 euros al año), tras incrementarse un 5,5% respecto a 2019.

Cuando la relación laboral con una misma empresa no exceda de 120 días estos trabajadores eventuales o temporeros percibirán, conjuntamente con el salario mínimo diario establecido, la parte proporcional de la retribución de los domingos y festivos, así como de las dos gratificaciones extraordinarias a que, como mínimo, tiene derecho todo trabajador, correspondientes al salario de 30 días en cada una de ellas.

El BOE deberá también fijar el nuevo salario mínimo de los empleados de hogar familiar que trabajen por horas, en régimen externo, que hasta ahora es de 7,04 euros por hora efectivamente trabajada.

Actualmente, la ley no especifica cómo debe hacerse el cálculo del salario mínimo para los trabajadores remunerados a destajo (es decir, por unidad de obra realizada), y si la tasa mínima corresponde a un coste por hora y en ese caso qué horas de trabajo se tienen en cuenta o a una tarifa mensual.

Lo pactado ayer es que la subida se aplique con efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2020. Eso implica que para los trabajadores con contratos indefinidos ya se aplica en la nómina de enero, aunque la aprobación del decreto está pendiente de ciertos trámites y no es seguro aún que la norma pueda estar aprobada antes de final de mes. Las empresas tienen la posibilidad de empezar a aplicar ya el salario mínimo o esperar y luego compensar a modo de atrasos. Una complicación para las empresas puede surgir al compensar a trabajadores que han tenido contratos de días o de horas durante el mes de enero, pero que ya no mantienen relación laboral con la empresa.


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