La Comisión de Hacienda de las Juntas Generales de Bizkaia ha aprobado este lunes el Proyecto de Norma Foral del Impuesto sobre Estancias Turísticas en municipios, el conocido como impuesto turístico, que incorpora siete enmiendas registradas por Elkarrekin Podemos. La normativa se aprobará de forma definitiva con su ratificación en el pleno.
Entres las mejoras introducidas por Podemos, Eneritz De Madariaga, portavoz foral de la formación morada, ha resaltado que el concepto de ‘intensidad turística’ -el ratio de plazas alojativas existentes en el municipio respecto del número de habitantes- es clave para medir de forma objetiva la presión real que sufren los municipios, de tal manera que los ayuntamientos podrán ajustar sus tarifas, bonificaciones y recargos.
Además, ha puesto en valor que se hayan incrementado las tarifas en el caso de las viviendas de uso turístico o los cruceros porque ejercen mucha presión y causan importantes impactos negativos sobre la ciudadanía.
«La implantación de un impuesto turístico en Euskadi ha sido siempre una prioridad para Podemos. Llevamos años defendiendo y proponiendo la puesta en marcha de esta medida en todos los niveles institucionales, ya que el impuesto a las estancias turísticas es una herramienta clave para decidir y definir el modelo de turismo que queremos para Euskadi, un modelo que debe ser sostenible, equilibrado y compatible con la vida de la gente. Por ello, nos hemos esforzado para que este impuesto sea lo más adecuado, ambicioso y justo posible», ha destacado De Madariaga.
Las siete medidas presentadas por Elkarrekin Podemos en el impuesto turístico
- Exención a las personas con un grado de discapacidad extensible a las personas acompañantes. Se aplicará tanto a quienes acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 65% o una situación de dependencia de grado II o III, como a la persona que las acompaña.
- Tarifas más amplías y se grabará más a las viviendas de uso turístico. Podemos Euskadi planteaba ampliar las horquillas de las tarifas para reforzar la progresividad del impuesto y adaptarlo mejor a los distintos impactos que genera cada modelo turístico. Por ello, ahora la norma foral gravará más intensamente las viviendas de uso turístico y los cruceros, que son actividades con mayor presión sobre el territorio, los servicios públicos y el acceso a la vivienda.
- Se amplia de cinco a seis el número máximo de días sujetos al impuesto.
- Se incluye el concepto de ‘intensidad turística’ para dotar de mayor flexibilidad a los ayuntamientos que más sufren el turismo.
- Bonificación sobre la cuota tributaria del 100% en municipios que tenga entre 25 y 75 plazas turísticas.
- Refuerzo de los recargos en municipios con alta presión turística. Podrá aplicarse en municipios con más de 750 plazas alojativas, así como en aquellos con más de 5.000 habitantes cuando la intensidad turística sea igual o superior al 10%.
- Evaluación del impacto y necesidades de la norma cada dos años. Se ha añadido una disposición adicional que estableece un seguimiento periódico de su impacto y la posibilidad de adaptar sus tarifas en función de los resultados, en colaboración con la Mesa de Turismo de Euskadi.