El Ayuntamiento de Sondika ha aprobado definitivamente una modificación de su ordenanza fiscal del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) que amplía los supuestos en los que se puede aplicar una bonificación del 95%.
Hasta ahora, esta rebaja estaba reservada a determinadas obras de adecuación y construcción realizadas por el Departamento de Educación del Gobierno Vasco en centros docentes de Sondika. Con el nuevo texto, la bonificación podrá extenderse a otras obras siempre que el Pleno municipal las declare de especial interés o utilidad municipal.
El Pleno tendrá que aprobar cada bonificación
La modificación no significa que cualquier obra pueda beneficiarse automáticamente del descuento. Será necesario que el Pleno del Ayuntamiento de Sondika apruebe cada caso concreto, atendiendo a circunstancias sociales, culturales, histórico-artísticas o relacionadas con el fomento del empleo.
De esta manera, las obras educativas del Gobierno Vasco mantienen la posibilidad de acceder a la bonificación, pero dejan de contar con un derecho específico asegurado por la ordenanza y pasan a quedar incluidas en el régimen general.
Una bonificación que puede reducir el ICIO un 95%
El ICIO es el impuesto municipal que se aplica a determinadas construcciones, instalaciones y obras que requieren licencia o comunicación previa.
La cantidad a pagar se calcula sobre el coste de ejecución material de la obra. Cuando se concede una bonificación del 95%, el importe final del impuesto queda reducido a una vigésima parte de la cuota que correspondería inicialmente.
La nueva regulación abre así la puerta a que proyectos considerados especialmente relevantes para Sondika puedan beneficiarse de una reducción fiscal importante.
La bonificación no tendrá carácter retroactivo
La nueva ordenanza también establece las condiciones para aplicar las bonificaciones. Como norma general, surtirán efecto a partir del ejercicio siguiente a la solicitud y no podrán aplicarse con carácter retroactivo.
Existe una excepción cuando la solicitud se presenta antes de que la liquidación del impuesto sea definitiva. En ese caso, la bonificación podrá concederse siempre que los requisitos exigidos se cumplieran en la fecha en la que se produjo el devengo del impuesto.
La modificación entrará en vigor quince días después de la publicación íntegra de la ordenanza.
Aprobación definitiva tras un mes de exposición pública
El cambio fue aprobado inicialmente por el Pleno de Sondika en una sesión extraordinaria celebrada el 1 de julio. Posteriormente, la modificación permaneció expuesta al público durante treinta días tras su publicación en el Boletín Oficial de Bizkaia del 29 de julio.
Al no haberse presentado reclamaciones ni sugerencias durante ese periodo, la modificación ha quedado aprobada definitivamente con su publicación.
El cambio llega mientras Sondika mantiene diferentes proyectos públicos en marcha y amplía las posibilidades de utilizar esta bonificación fiscal para actuaciones que el Ayuntamiento considere de especial interés para el municipio.